
Estudio sobre las características de los casos de feminicidio y la respuesta del Sistema de Justicia en las nueve ciudades capitales y El Alto
En 2013, la Ley 348, “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia”, modificó el Código Penal incluyendo el tipo penal de feminicidio. A partir de esa fecha, las instituciones operadoras de justicia han desarrollado una serie de manuales, protocolos, guías y otras directrices, con el objetivo de cualificar la investigación y sanción de los casos de feminicidio. Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos, el número de casos que concluye con una sentencia es escaso.
En este marco, la Comunidad de Derechos Humanos y la Alianza Libres sin Violencia, con el apoyo del Fondo de Población de Naciones Unidas, UNFPA, en Bolivia y en coordinación con el Comité de Género del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional, presentan el “Estudio sobre las características de los casos de feminicidio y la respuesta del sistema de justicia en las nueve ciudades capitales y El Alto”. El objetivo de ésta investigación de tipo cuanti-cualitativa, es el de identificar y analizar la tipología de casos de feminicidio y la respuesta de los operadores/as de justicia (Policía Boliviana-Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia, Ministerio Público y Órgano Judicial). La fuente principal de la información analizada es una muestra de expedientes de casos de feminicidio a nivel nacional, que forman parte de los archivos administrativos del Órgano Judicial. Esperamos que los resultados, conclusiones y recomendaciones del estudio sean una herramienta para que las instituciones del Estado puedan fortalecer la implementación de políticas para la investigación y sanción de hechos de feminicidio y contribuir, así, a garantizar el derecho a la justicia y el derecho a una vida libre de violencia de todas las mujeres.

Situación de la violencia contra las mujeres en el contexto de la Pandemia por la Covid -19
El objetivo del informe fue evidenciar, sobre la base de evidencia, si los hechos de violencia contra las mujeres hubieran incrementado y, en su caso, si las instituciones que son parte de la cadena de atención, protección, investigación y sanción, estuvieron disponibles para quienes son víctimas de estos hechos, y en este sentido, si los derechos de las mujeres han sido efectivamente ejercidos.
De los datos recabados se advertirá que, Bolivia antes de la Pandemia ya atravesaba una situación crítica, por los altos índices de violencia, y por la debilidad institucional de las que hacen a esta cadena de atención, motivo por el cual, desde la sociedad civil se tenía la exigencia de que se materialicen políticas públicas efectivas y concretas en resguardo de los derechos de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
No obstante, que la situación de emergencia sanitaria y las medidas restrictivas asumidas para limitar la propagación del virus, aumentaron el riesgo de violencia doméstica los servicios de atención a mujeres y niñas no fueron declarados “servicios esenciales” y el sistema institucional que ya presentaba grandes carencias se vio aún más debilitado, obstaculizando el acceso de las mujeres y niñas en situación de violencia a estos servicios (salud, policía y justicia, servicios sociales y otros).
En junio dejó de regir la Cuarentena Total y cada municipio comenzó a tomar medidas de mitigación distintas de acuerdo al número de contagios y fallecimientos. Las cifras de feminicidios, violaciones y de violencia familiar o doméstica siguieron creciendo, sin que se asuma medidas que tiendan a efectivizar el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia en este contexto.
Esperamos con este informe contribuir a visibilizar los ámbitos en los que es necesario fortalecer la
capacidad de respuesta de los servicios públicos a las mujeres y niñas víctimas de violencia.

Informe sobre el cumplimiento del Estándar de la Debida Diligencia en la atención a mujeres en situación de violencia Datos 2016-2018
Durante la gestión 2018, la Aliahttps://alianzalibressinviolencia.org.bo/wp-content/uploads/2023/05/Situacion-de-la-violencia-contra-las-mujeres-en-pandemia.pdfnza Libres sin Violencia , en coordinación con el Comité de Género del Órgano Judicial, y el apoyo del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA) y la Embajada de Suecia, ha realizado el informe de cumplimiento del estándar de la debida diligencia en la atención a mujeres en situación de violencia.
Este es el cuarto año consecutivo que se realiza el monitoreo a la calidad de los servicios públicos que atienden hechos de violencia (FELCV, Ministerio Púbico, IDIF y Órgano Judicial), bajo los parámetros del estándar de la debida diligencia, como norma fundada en el derecho internacional de los derechos humanos que establece una serie de principios que deben ser observados por las y los operadores de justicia en los casos de violencia contra las mujeres.
Dichos parámetros internacionales se encuentran recogidos en la Ley N° 348, Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia, que tiene por objetivo establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores. De esta manera, garantiza la vida digna y el ejercicio pleno de los derechos de cada mujer boliviana.

Estudios sobre la aplicación de la Ley N° 348 – Casos Especiales
La Alianza Libres sin Violencia elabora anualmente el informe de Cumplimiento del Estándar de la Debida Diligencia en la Atención a Mujeres en Situación de Violencia, en el que se recoge información a través de encuestas a mujeres que acuden a los servicios públicos creados por la Ley Nº 348 y mediante la revisión en tribunales de procesos por delitos de violencia contra las mujeres en 30 municipios.
De manera complementaria a este informe, la Alianza Libres sin Violencia realiza desde hace dos años estudios sobre temas de preocupación específicos, que han sido identificados a través del monitoreo, a fin de contar con información y un análisis en mayor profundidad. En 2017 los estudios, además de ahondar en la normativa y su aplicación, han identificado casos concretos que ejemplifican dificultades en la aplicación de la Ley Nº 348 respecto a los cuales se plantean recomendaciones para actuar desde la sociedad civil e incidir en las instituciones, de modo de superarlas.
Algunos de los temas abordados y desarrollados en los estudios son el incumplimiento de las medidas de protección, el rechazo de denuncias de violencia por causas no previstas en la ley, la discrecionalidad en la fijación de días de impedimento, la inacción en casos de violencia psicológica, tendencias en los resultados de la valoración física a víctimas de violencia sexual, el solapamiento de funciones de los Servicios Legales Integrales Municipales y de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia en Cochabamba, así como la identificación de buenas prácticas del trabajo de la sociedad civil en el fortalecimiento de los servicios de atención.

La Violencia Invisible – Valores que sostienen y legitiman la violencia y representaciones sociales de la violencia contra las mujeres
Este documento presenta los principales hallazgos de la Segunda Encuesta Nacional de Percepciones sobre Situación de Violencia contra las mujeres en Bolivia (SENP), realizada por Ciudadanía, Comunidad de Estudios Sociales y Acción Pública para la Alianza Libres Sin Violencia en los meses de agosto y septiembre del 2017 en relación con los valores que justifican y reproducen la violencia contra las mujeres en el país. Los resultados incluyen un análisis comparativo con los resultados obtenidos en 2015 en la Encuesta Nacional de Percepciones sobre Situación de Violencia contra las mujeres, Trata y Tráfico en Bolivia (ENP), resaltando los cambios en percepciones y actitudes registrados durante los últimos dos años. El diseño, levantamiento de la información y análisis de resultados de ambas encuestas estuvieron a cargo de Ciudadanía.
Sobre la encuesta
La SENP es uno de los instrumentos diseñados por ALSV para profundizar el conocimiento sobre la violencia contra las mujeres en Bolivia, tomando en cuenta a todos los sectores de la sociedad civil para fortalecer las acciones de incidencia en la lucha contra ésta y en la búsqueda de soluciones efectivas para reducir la incidencia de violencia.

Segunda Encuesta Nacional de Percepciones sobre situación de violencia contra las mujeres en Bolivia – Percepciones ciudadanas sobre las instituciones que prestan servicios a casos de violencia contra las mujeres (Datos comparativos 2015-2017)
Este documento presenta los principales hallazgos de la Segunda Encuesta Nacional de Percepciones sobre Situación de Violencia contra las mujeres en Bolivia (SENP), realizada por Ciudadanía, Comunidad de Estudios Sociales y Acción Pública para la Alianza Libres Sin Violencia en los meses de agosto y septiembre del 2017 en relación con las percepciones ciudadanas que prestan servicios de atención a mujeres víctimas de violencia en el país.
Los resultados incluyen un análisis comparativo con los resultados obtenidos en 2015 en la Encuesta Nacional de Percepciones sobre Situación de Violencia contra las mujeres, Trata y Tráfico en Bolivia (ENP), resaltando los cambios en percepciones, evaluaciones y actitudes registrados durante los últimos dos años. El diseño, levantamiento de la información y análisis de resultados de ambas encuestas estuvieron a cargo de Ciudadanía.

Segundo informe sobre el cumplimiento del estándar de la debida diligencia en la atención a mujeres en situación de violencia – Bolivia, 2016
En este documento compartimos los principales resultados del monitoreo realizado por las instituciones de la Alianza Libres Sin Violencia a través de diferentes instrumentos aplicados en 30 municipios de los nueve departamentos, además de la comparación entre los datos de 2015 y los de 2016, que muestran algunas mejoras, pero que también persisten deficiencias que obstaculizan el acceso a la justicia de las mujeres en situación de violencia. Esperamos que esta información permita a las autoridades tomar medidas para mejorar los servicios en beneficio de las mujeres y de la sociedad en su conjunto.
Agradecemos a todas las instituciones que nos brindaron su colaboración para efectuar el recojo de información: la Escuela de Jueces, la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia, Ministerio Público, el Órgano Judicial, los Servicios Legales Integrales Municipales y ONG que brindan atención a mujeres en situación de violencia. Agradecemos especialmente a las usuarias de estos servicios que compartieron sus percepciones y experiencias, así como al equipo de abogadas litigantes de las instituciones parte de la Alianza Libres Sin Violencia que realizaron el monitoreo en sus departamentos.

Informe Anual 2016 – Calidad y efectividad de los servicios de las instituciones públicas responsables de la atención, persecución y sanción de la violencia contra las mujeres por razón de género en Bolivia
En las próximas páginas se presenta una síntesis de los avances logrados hasta el momento por las instancias públicas con funciones, servicios y responsabilidad en el ciclo de atención estatal a las mujeres sobrevivientes de violencia por razón de género, así como a familiares de víctimas de la violencia feminicida.
También se hace una revisión de los aspectos directamente relacionados con el cumplimiento del Estándar de Debida Diligencia5 y una síntesis contextualizada de las acciones de vigilancia y movilización social, referidas al proceso de cumplimiento y aplicación de la Ley N° 348. La forma en que se analizan dichas cuestiones es la siguiente:
El estado de avance respecto del cumplimiento de la Ley N° 348 en 2016.
- La calidad y efectividad de los servicios en cuanto al estándar de debida diligencia.
- Las acciones de vigilancia y movilización social realizadas en el marco de la Alianza Libres Sin Violencia.
- Y, finalmente, las propuestas de mejora en cuanto a los servicios de prevención, protección, persecución y sanción y restitución de derechos.

Reflexiones sobre el acceso de las mujeres a una justicia efectiva en casos de violencia según la Ley N° 348 – Fichas analíticas
En la gestión 2016, en el marco de la generación de conocimiento se promovió al interior de la Red de Abogadas Litigantes, el desarrollo de varios documentos analíticos sobre disposiciones de la Ley Nº 348 que se consideraron requieren ser interpretadas a partir de la doctrina, el derecho internacional de los derechos humanos, y la legislación y jurisprudencia nacional relacionada para contribuir a una mejor aplicación de la norma en los casos de violencia contra las mujeres.
Estos documentos fueron trabajados por las abogadas de la Red bajo la coordinación de la Comunidad de Derechos Humanos y han sido compilados en la presente publicación que se pone disposición de las autoridades y servidores/as públicos/as encargados de la atención y resolución de casos de violencia esperando con ella contribuir a la vigencia de la Ley Nº 348 y a una administración de justicia con perspectiva de género.

Informe sobre el cumplimiento del Estándar de la Debida Diligencia en la atención a mujeres en situación de violencia – Datos comparativos 2015-2016
En ese marco, la Alianza Libres Sin Violencia como plataforma que aglutina a más de 80 organizaciones que actúa a nivel nacional, promueve el acceso a la justicia de las mujeres en situación de violencia, además de vigilar la correcta aplicación de la Ley Nº348. Para ello, desde la gestión 2015 realiza el monitoreo a la calidad de los servicios públicos de atención a mujeres en situación de violencia (FELCV, Ministerio Púbico, IDIF y Órgano Judicial) bajo los parámetros del estándar de la debida diligencia, como norma fundada en el derecho internacional de los derechos humanos que establece una serie de principios que deben ser observados por las y los operadores de justicia en los casos de violencia contra las mujeres.
Este documento que es una versión resumida del informe sobre el cumplimiento del estandar de la debida diligencia en el que compartimos los principales resultados del monitoreo realizado el 2016 por las instituciones de la Alianza Libres Sin Violencia, a través de diferentes instrumentos aplicados en 30 municipios de los nueve departamentos, además de una comparación con los datos de la gestión 2015, los cuales muestran que existen algunas mejoras pero que también persisten deficiencias que obstaculizan el acceso a la justica de las mujeres en situación de violencia. Esperamos que esta información permita a las autoridades tomar medidas para mejorar los servicios en beneficios de las mujeres y la sociedad en su conjunto.

Relación de la Ley N°348 con el estándar de la debida diligencia
Desde la Alianza Libres Sin Violencia, realizamos monitoreos anuales a los servicios públicos de atención a mujeres en situación de violencia (en los 30 municipios de alcance) para medir el cumplimiento del estándar de la debida diligencia e identificar los obstáculos y dificultades que limitan o restringen el acceso oportuno a la justicia, para luego proponer la adopción de medidas institucionales que permitan superarlos.
En este sentido, hemos preparado la relación de los 14 principios del estándar de la debida diligencia y su relación directa con la Ley N° 348 y las respectivas competencias:
1. Principio Trato digno Descargar
2. Principio Inmediatez en la atención Descargar
3. Principio Auxilio inmediato, seguimiento y acompañamiento Descargar
4. Principio Información clara, veraz y oportuna Descargar
5. Principio Servicios multidisciplinarios Descargar
6. Principio Gratuidad del servicio Descargar
7. Principio Valoración de riesgo, efectividad de medidas de protección Descargar
8. Principio Especialización del personal Descargar
9. Principio No revictimización Descargar
10. Principio Infraestructura adecuada y privacidad Descargar
11. Principio Recolección y protección de pruebas adecuada (cadena de custodia) Descargar
12. Principio Plazo razonable y continuidad del proceso Descargar
13. Principio Confianza Descargar
14. Principio Reparación Descargar